El hecho sucedió en Esquel y a Fabio Avalos también se lo condenó por resistencia en concurso ideal, amenazas y lesiones leves agravadas por ser la víctima funcionario policial en ejercicio de sus funciones.
El juez Ricardo Rolón fue quien determinó la imposición de una pena de dos años de prisión de cumplimiento efectivo.
La investigación fue llevada a cabo por la fiscal María Botini y la procuradora Cecilia Bagnato, quienes en el juicio plantearon que se trató de un caso de violencia de género en el marco de una relación de pareja que duró aproximadamente 3 años. En el transcurso de esa relación sucedieron hechos de violencia psicológica, económica y física. La víctima denunció algunos de esos hechos, los cuales motivaron el juicio.
El primero ocurrió el 6 de abril de 2024. La acusación sostiene que el imputado agredió físicamente y lesionó a la víctima. Al día siguiente, Avalos habría regresado a la casa de la víctima, rompiendo la puerta de ingreso. Luego de estos hechos se le impuso al imputado una prohibición de acercamiento a la víctima.
Pero en la madrugada del 28 del mismo mes, el sujeto incumplió la medida, ya que no solo se acercó, sino que además tomó a su expareja por los brazos. Por ello fue aprehendido y dentro de la comisaría habría cometido el cuarto de los hechos por los que lo llevaron a juicio.
La Fiscalía sostuvo que cuando un cabo de policía le anunció que iba a esposarlo para su traslado a la audiencia de control de la detención, el acusado se resistió, lo insultó, amenazó de muerte y lo agredió físicamente, produciéndole un corte en la mano izquierda.
En los alegatos finales, las representantes de la fiscalía recordaron que, si bien las penas de prisión hasta tres años pueden ser dejadas en suspenso, en este caso el imputado no contaba con ese beneficio porque ya fue condenado a una pena en suspenso en una oportunidad. En consecuencia, si resultaba condenado y más allá del monto de pena, “deberá cumplirla en algún centro de detención”.