El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció el pasado viernes el levantamiento de la mayor parte de las restricciones del cepo cambiario, una medida que marcó el inicio de una nueva etapa. En ese marco, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) avanzó con una serie de cambios normativos, entre ellos la Resolución General 5672, que elimina la percepción del 30% a cuenta del Impuesto a las Ganancias o de Bienes Personales para las operaciones de compra de dólar ahorro.
Con esta nueva normativa, las compras de billetes y divisas en moneda extranjera realizadas por personas humanas y sucesiones indivisas, ya sea para atesoramiento o sin un destino específico, dejan de estar alcanzadas por el régimen de percepciones. Del mismo modo, quedan exentas las operaciones destinadas al pago de obligaciones por importación de mercaderías incluidas en la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.).
Además, desde este lunes ya no habrá cupo de u$s200 mensuales para el dólar ahorro ni restricción de acceso por haber recibido asistencia del Estado. En los hechos, todas las personas humanas tendrán acceso ilimitado al dólar ahorro al tipo de cambio minorista.
Sin embargo, las percepciones continuarán aplicándose sobre las compras en moneda extranjera efectuadas con tarjeta de crédito o débito, así como otros medios de pago similares. Es decir, los consumos en dólares en servicios digitales, turismo, pasajes y otras categorías seguirán generando cargos impositivos en los resúmenes de cuenta.
¿Qué pasará con el dólar tarjeta?
Las compras en el exterior con tarjeta se liquidan al denominado “dólar tarjeta” o “turista”, compuesto por el dólar oficial más un recargo del 30% correspondiente a percepciones por adelanto de Ganancias y Bienes Personales. Eso, en los papeles, seguirá vigente en el nuevo régimen cambiario.
Sin embargo, con la remoción del recargo del 30% para el “dólar ahorro”, este esquema perderá efecto. Ocurre que los gastos en dólares con tarjeta de crédito podrán ser cancelados directamente con dólares propios, adquiridos a la cotización oficial, y eludir así la percepción impositiva.
La medida fue impulsada porque, con los recargos impositivos, el dólar tarjeta solía superar las bandas de flotación oficiales, llegando incluso por encima de los $1.400. Para evitar esta distorsión, el Ministerio de Economía resolvió eliminar esos impuestos sobre ciertas operaciones en moneda extranjera, y así avanzar en el camino hacia la normalización del mercado cambiario.
¿Qué pasa ahora con las compras en dólares?
A partir de ahora, quienes hayan realizado consumos en dólares con tarjeta de crédito o débito antes de este cambio, verán en el resumen el impuesto detallado como “DB.RG 5617 30%”, pero este se calcula sobre la cotización oficial del día anterior al cierre del resumen, sin importar cuándo se concretó la operación.
No obstante, al quedar liberado el cepo, el concepto de “dólar tarjeta” pierde efecto, ya que los usuarios podrán comprar dólares libremente a través de home banking —en lo que hasta ahora era conocido como “dólar ahorro”— y también pagar sus consumos al tipo de cambio oficial.
Las nuevas disposiciones fueron publicadas este lunes en el Boletín Oficial y entran en vigencia de forma inmediata. A partir de ahora, todas las operaciones cambiarias deberán adecuarse al nuevo esquema definido por la Resolución General 5672 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).